Decálogo ante el retorno al trabajo de actividades no esenciales (13-4-2020)
1.Exige una reunión urgente del órgano de representación legal de los trabajadores y trabajadoras especializado en prevención de riesgos laborales: Comité de Seguridad y Salud donde lo haya o delegado/a de prevención. En esta reunión se deben tratar y negociar todos los aspectos relacionados con las condiciones del retorno a la actividad.
2.Comprueba qué medidas se han tomado en la empresa para evitar el riesgo de contagio de COVID-19 y constata si son suficientes y adecuadas teniendo en cuenta el resto de puntos
3.Se deben priorizar las medidas organizativas y de protección colectiva:
-Mantener el teletrabajo siempre que se pueda
-Adaptar y distribuir la jornada de trabajo de tal forma que permita evitar la concentración de personas en el centro, a la entrada y salida y también en vías de circulación, comedores, vestuarios o áreas de descanso
-Rediseño de puestos que permita garantizar la distancia de seguridad de dos metros. En aquellos lugares en los que, de manera justificada, no sea posible mantener la distancia de seguridad, se debe dotar de mascarillas.
-Evitar el acceso de personas ajenas a la organización
-Cuando haya personas trabajadoras de diferentes empresas hay que exigir la coordinación de la actividad preventiva
-Uso de barreras físicas de separación (ventanillas, mamparas…), en actividades de atención al público
-Eliminar las reuniones presenciales, utilizar videoconferencias
4.Medidas generales de higiene:
-Verificar y controlar que haya agua, jabón y toallas de papel desechables en todos los lugares de trabajo para conseguir una adecuada -higiene de manos, o en su caso, provisión de geles hidroalcohólicos desinfectantes
-Verificar que haya papeleras, preferiblemente con tapa de pedal
-Establecer un protocolo diario de limpieza de las superficies y espacios de trabajo centrándose en zonas o útiles de uso frecuente como pomos de puertas, barandillas, ascensores, vehículos, así como herramientas, mandos de maquinaria, mesas, ordenadores, etc.
-No compartir herramientas y otros equipos de trabajo. Si no fuese posible, hay que desinfectar entre un uso y el siguiente
-Renovación de aire y ventilación adecuada de los lugares de trabajo. Es suficiente con 5 minutos
-Gestión adecuada de los residuos
5.Equipos de protección individual: la empresa debe facilitar equipos de protección individual cuando los riesgos no puedan evitarse o no puedan limitarse por medios técnicos de protección colectiva o mediante procedimientos de organización del trabajo y debe ser acorde a las actividades y escenarios de riesgo que haya definido y evaluado el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, prestando atención a la formación de cómo usar estos equipos.
6.Formación e información. Debes asegurarte de que se ha dado a los trabajadores y trabajadoras la formación e información necesaria sobre los riesgos y las medidas de prevención específicas relacionadas con el coronavirus.
7.Solicita y/o verifica que el Servicio de Prevención ha evaluado de manera específica los riesgos de exposición en los diferentes puestos y tareas y ha propuesto las medidas de protección más idóneas en cada caso, que garanticen la seguridad y la salud de los trabajadores y trabajadoras.
8.Hay que definir procedimientos específicos urgentes para:
Gestión de las personas especialmente sensibles o vulnerables
Actuación ante la existencia de un caso confirmado o con síntomas compatibles.
9.Denuncia: Si constatas que la empresa no cumple con sus obligaciones, es importante que comuniques por escrito las deficiencias detectadas y exijas que se subsanen de manera urgente. Si pasado un tiempo que tu habrás de estimar como suficiente no obtienes respuesta puedes poner una denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
10.Paralización de la actividad. Si consideras que la empresa está incumpliendo con sus obligaciones y que esto supone poner en riesgo grave e inminente a los trabajadores y trabajadoras, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales reconoce el derecho a paralizar el trabajo (artículo 21). Dado que este es un derecho difícil de interpretar te aconsejamos que te pongas en contacto con tu sector o con nosotros a través de la línea 900 30 1001
CONTAR CON NOSOTROS Y NOSOTRAS
En la actual situación de emergencia, los delegados y delegadas de prevención debéis mantener vuestras facultades y competencias de vigilancia y control con respecto a la gestión de la prevención de riesgo de contagio del COVID-19 que se lleve a cabo en la empresa.
CCOO pone a vuestra disposición, así como de todas las trabajadoras y trabajadores a su equipo técnico en prevención de riesgos laborales para asesoraros en todo lo que necesitéis.
NO dudéis en llamarnos al teléfono gratuito que CCOO de Madrid ha puesto a vuestra disposición: 900 30 1001 o en el e-mail: slmadrid@usmr.ccoo.es